Ley 1335 de 2009 Protección de los no fumadores

La Ley 1335 de 2009, conocida como Ley Antitabaco, debe tenerse en cuenta en la propiedad horizontal porque prohíbe el consumo de tabaco en zonas cerradas o de uso colectivo, incluyendo los pasillos, salones sociales, ascensores, parqueaderos y otras áreas comunes de los conjuntos residenciales. Esta disposición se alinea con lo establecido en la Ley 675 de 2001, que prohíbe olores, partículas u otros elementos que afecten la convivencia. Además, los no fumadores tienen el derecho a respirar aire libre de humo, mientras que los administradores están obligados a colocar letreros visibles, disuadir el consumo y reportar infractores.

En el contexto de la propiedad horizontal, el cumplimiento de esta ley no solo garantiza la salud y el bienestar de los residentes, sino que también evita sanciones legales. Si los administradores no aplican la norma, pueden recibir amonestaciones, multas de hasta 100 salarios mínimos legales mensuales y sanciones administrativas. Por ello, es importante que las copropiedades incluyan en sus reglamentos internos esta prohibición, promuevan una convivencia saludable y protejan los derechos de todos los propietarios.

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