En la propiedad horizontal, es fundamental tener en cuenta la certificación de puertas eléctricas y sistemas de transporte vertical (como ascensores y plataformas elevadoras) porque estas instalaciones representan un riesgo potencial para la seguridad de los residentes y visitantes si no se encuentran en óptimas condiciones. La certificación garantiza que estos equipos cumplen con los estándares técnicos y normativos exigidos por las autoridades competentes, asegurando su correcto funcionamiento y reduciendo la posibilidad de accidentes o fallas mecánicas.
Además, la ley colombiana, a través del Reglamento Técnico de Instalaciones Eléctricas (RETIE) y la normativa del Ministerio de Transporte y de Vivienda, exige que este tipo de sistemas sean objeto de inspecciones periódicas por organismos acreditados. En el contexto de la propiedad horizontal, la administración debe velar por que estas certificaciones estén vigentes y sean renovadas en los plazos establecidos, no solo para cumplir con la ley, sino también para garantizar la integridad física de las personas y evitar sanciones legales o demandas por negligencia.
La certificación de puertas eléctricas en Cali se rige principalmente por la Norma Técnica Colombiana NTC 5926-3, que establece los requisitos para puertas eléctricas automáticas, portones, talanqueras, entre otros. Esta norma forma parte de la serie NTC 5926 que trata sobre la revisión técnico-mecánica de sistemas de transporte vertical y puertas eléctricas. Además, el Acuerdo 450 de 2018 del Concejo de Cali establece la obligatoriedad de la revisión general anual de estos sistemas, incluyendo puertas eléctricas, en edificaciones.
Descarga aquí la Norma Tecnica NTC 5926-3
Descarga aquí el Acuerdo 450 del 2018 del Concejo de Cali
Descarga aquí el Decreto N. 4112.01020.137 del 2019


