La Ley 1831 de 2017, conocida como la Ley de Desfibriladores, debe tenerse en cuenta en la propiedad horizontal porque establece la obligación de instalar desfibriladores externos automáticos (DEA) en lugares de alta afluencia de personas, como centros comerciales, edificios corporativos y conjuntos residenciales con gran densidad poblacional. Estos dispositivos permiten brindar una atención rápida y eficaz ante un paro cardíaco súbito, lo cual puede marcar la diferencia entre la vida y la muerte en una situación de emergencia.
En el contexto de la propiedad horizontal, especialmente en copropiedades grandes o con zonas comunes concurridas (como gimnasios, piscinas o salones sociales), contar con un DEA y personal capacitado en su uso demuestra un compromiso con la salud y la seguridad de los residentes y visitantes. Además, tener en cuenta esta ley ayuda a prevenir responsabilidades legales y refuerza la cultura de prevención y primeros auxilios dentro de la comunidad, brindando una respuesta rápida ante eventos cardíacos mientras llegan los servicios de emergencia.
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