La Ley 142 de 1994, conocida como la Ley de Servicios Públicos Domiciliarios, debe tenerse en cuenta en la propiedad horizontal porque regula la prestación, uso y cobro de servicios como acueducto, alcantarillado, energía, gas y aseo, que son fundamentales para el funcionamiento de cualquier copropiedad. Esta ley establece los derechos y deberes tanto de los usuarios como de los prestadores de servicios, lo cual es clave para asegurar una adecuada prestación y facturación en conjuntos residenciales y edificaciones bajo el régimen de propiedad horizontal.
Además, esta norma determina cómo se pueden organizar las copropiedades para actuar como usuarios colectivos, cómo se distribuyen los consumos entre las unidades privadas y qué responsabilidades tienen los administradores frente a los contratos con las empresas prestadoras. Tener en cuenta la Ley 142 permite una gestión más eficiente y legalmente adecuada de los servicios públicos dentro de la copropiedad, evitando conflictos con los residentes y con las entidades reguladoras.


